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Los Treinta y Nueve Artículos · La disciplina de la Iglesia

Entrega 31 de 38 · Artículo XXXII · Del matrimonio de los presbíteros

Los Treinta y Nueve Artículos: La disciplina de la Iglesia (1), artículo XXXII

Por Henry Jansma

Publicado el · 8 min de lectura

Artículo de Henry Jansma publicado en Place for Truth, traducido y publicado aquí con permiso del autor. Original en Place for Truth: Church Discipline (1) (en inglés)

En el índice: Texto del artículo XXXII

A lo largo de todo nuestro estudio hemos subrayado el carácter narrativo de los artículos; así, la exposición sobre la disciplina de la Iglesia en los artículos XXXII-XXXVI se sigue lógicamente de los artículos anteriores sobre la naturaleza de la Iglesia, el ministerio del evangelio y los sacramentos.

XXXII. Del matrimonio de los presbíteros.

A los obispos, presbíteros y diáconos no les manda la ley de Dios ni hacer voto del estado de celibato ni abstenerse del matrimonio; por tanto, les es lícito, como a todos los demás cristianos, casarse a su propio criterio, según juzguen que ello sirve mejor a la piedad.

El título del original de Cranmer de 1553 era «La palabra de Dios no manda a nadie el estado de celibato», y el artículo constaba solo de la primera cláusula: «A los obispos, presbíteros y diáconos no se les manda hacer voto del estado de celibato sin matrimonio, ni la ley de Dios los obliga a abstenerse del matrimonio». La segunda cláusula la añadió el arzobispo Parker en 1563, y con ella dio la formulación positiva, y fiel a la Biblia, del matrimonio y la piedad.

La expresión «hacer voto del estado de celibato» [to vow the estate of single life] es muy precisa, y no debe entenderse como la vida de soltero en general. Tanto el arzobispo Cranmer como el arzobispo Parker tenían en mente la doctrina católica romana del celibato. Parker, sobre todo, porque el Concilio de Trento afirmó en noviembre de 1563 esa doctrina, que sigue en vigor hasta hoy.

CANON I. Si alguno dice que el matrimonio no es verdadera y propiamente uno de los siete sacramentos de la ley evangélica, (un sacramento) instituido por Cristo el Señor, sino que lo han inventado los hombres en la Iglesia, y que no confiere gracia, sea anatema.

CANON IX. Si alguno dice que los clérigos constituidos en órdenes sagradas, o los regulares que han profesado solemnemente la castidad, pueden contraer matrimonio, y que, una vez contraído, es válido, no obstante la ley eclesiástica o el voto; y que lo contrario no es otra cosa que condenar el matrimonio; y que todos los que no sienten que tienen el don de la castidad, aunque hayan hecho voto de ella, pueden contraer matrimonio, sea anatema.

Tampoco debe darse demasiada importancia al cambio de título, como se ha hecho en el pasado. Algunos anglicanos han usado equivocadamente el artículo como texto de prueba de la idea de que el uso de sacerdos en lugar de presbuteros demuestra que la doctrina anglicana tiene un carácter sacerdotal más católico que ministerial protestante. nota del editor E1 El artículo se usa también de la misma manera para apoyar la extraña idea de que el oficio anglicano de diácono se entendió siempre como un oficio de transición hacia el presbiterado, y no como el oficio vocacional y permanente en la Iglesia de Cristo. Una explicación sencilla del cambio de título ya la hemos encontrado antes: se trataba de poner a la reformada y protestante Iglesia de Inglaterra en armonía con sus hermanos del continente. El título de 1563/71, De conjugio sacerdotum, procede de las confesiones anteriores de la Reforma alemana [Augsburg Confession 1530, parte II, artículo XXIII. Smalcald Articles, 1537, artículo XI]. El contexto de los artículos alemanes trata claramente de la doctrina católica romana, y el artículo de la Confesión de Augsburgo reúne en su exposición al obispo, al presbítero y al diácono, como leemos aquí. Estas referencias nunca describen el ministerio protestante como un ministerio sacerdotal. Por tanto, el artículo XXXI se dirige también, de forma específica, contra las doctrinas católica romana y ortodoxa oriental. nota del editor E2

Es importante notar cómo, una vez más, los artículos aplican la regla de la sola Scriptura a la doctrina y al ministerio de la Iglesia. En la Escritura no hay prohibición del celibato ni de la abstención del matrimonio. El artículo dice que lo que importa es la ley de Dios y la piedad para todos en la Iglesia, y, en lo que toca a la sexualidad, eso significa soltería o matrimonio. Por el uso debido de la palabra de Dios (véanse los artículos VI y XX), nuestros antepasados anglicanos acabaron con la idea de que el celibato era una forma de vida más piadosa, pero al mismo tiempo añadieron que en el matrimonio se exigía mucho.

Un anglicano sabio leerá también el artículo a la luz de los demás formularios históricos. La doctrina del matrimonio que subraya el artículo procede de La forma de solemnización del matrimonio, del Libro de Oración Común de 1662, que en su exhortación inicial expone la descripción bíblica del matrimonio, así como su fundamento bíblico en la homilía, tristemente descuidada, que figura al final del oficio. Vale la pena citarla aquí entera.

Todos ustedes, los que están casados o se proponen asumir el santo estado del matrimonio, oigan lo que dice la Sagrada Escritura sobre el deber de los maridos hacia sus mujeres y de las mujeres hacia sus maridos.

San Pablo, en el capítulo 5 de su epístola a los Efesios, da este mandamiento a todos los hombres casados: Maridos, amad a vuestras mujeres, así como Cristo amó a la iglesia y se entregó a sí mismo por ella, para santificarla, purificándola en el lavamiento del agua por la palabra, para presentársela gloriosa a sí mismo, una iglesia que no tuviera mancha ni arruga ni cosa semejante, sino que fuera santa y sin mácula. Así también los maridos deben amar a sus mujeres como a sus mismos cuerpos. El que ama a su mujer, a sí mismo se ama, porque ninguno aborreció jamás a su propia carne, sino que la sustenta y cuida, como también el Señor a la iglesia, porque somos miembros de su cuerpo, de su carne y de sus huesos. Por esto dejará el hombre a su padre y a su madre, y se unirá a su mujer, y serán los dos una sola carne. Este misterio es grande, mas yo digo esto con respecto a Cristo y a la iglesia. Pero cada uno de vosotros ame también a su mujer como a sí mismo.

Igualmente, el mismo San Pablo, al escribir a los Colosenses, dice a todos los hombres casados: Maridos, amad a vuestras mujeres y no seáis ásperos con ellas.

Oigan también lo que San Pedro, apóstol de Cristo y él mismo casado, dice a los casados: Vosotros, maridos, habitad con vuestras mujeres con entendimiento, dando honor a la mujer como a vaso más frágil, y como a coherederas de la gracia de la vida, para que vuestras oraciones no sean impedidas.

Hasta aquí han oído el deber del marido hacia su mujer. Ahora ustedes, mujeres, oigan y aprendan también sus deberes hacia sus maridos, tal como la Sagrada Escritura los expone con claridad.

San Pablo, en la misma epístola a los Efesios, les enseña esto: Las casadas estén sujetas a sus propios maridos, como al Señor. Porque el marido es cabeza de la mujer, así como Cristo es cabeza de la iglesia, y él es el Salvador del cuerpo. Así que, como la iglesia está sujeta a Cristo, así también las casadas lo estén a sus maridos en todo. Y otra vez dice: La mujer respete a su marido.

Y en su epístola a los Colosenses, San Pablo les da esta breve lección: Casadas, estad sujetas a vuestros maridos, como conviene en el Señor.

San Pedro también las instruye muy bien con estas palabras: Vosotras, mujeres, estad sujetas a vuestros maridos, para que también los que no creen a la palabra sean ganados sin palabra por la conducta de sus mujeres, considerando vuestra conducta casta y con reverencia. El adorno de las cuales no sea el exterior, con cabellos ostentosos y atavío de oro, o en vestir ropa lujosa, sino el interior, el del corazón, en el incorruptible adorno de un espíritu manso y pacífico, que es de gran estima delante de Dios. Porque así también se ataviaban en otro tiempo aquellas santas mujeres que esperaban en Dios, estando sujetas a sus maridos, como Sara obedecía a Abraham, llamándolo señor; de quien vosotras sois hechas hijas, haciendo bien y no teniendo ningún temor.

Después, el anglicano estudiará la Homilía del estado del matrimonio, del Segundo libro de Homilías, para el esfuerzo por la piedad en la vida matrimonial. Se publicó en 1571, el mismo año en que se promulgó el artículo. nota del editor E3 La primera parte de la homilía está tomada de un sermón del reformador luterano Vitus Theodorus (Veit Dietrich), de Núremberg. Vivió en casa de Martín Lutero, fue su confidente y lo acompañó al Coloquio de Marburgo entre Lutero y Zuinglio, en 1529. El resto de la homilía procede de la homilía 26 de Juan Crisóstomo sobre 1 Corintios [Segundo libro de Homilías, homilía XVIII].

Por tanto, como el matrimonio sirve tanto para evitar el pecado y la ofensa como para hacer crecer el reino de Dios, ustedes, como todos los demás que entran en ese estado, deben reconocer este beneficio de Dios con corazón puro y agradecido. Porque él ha gobernado sus corazones de tal manera que ustedes no siguen el ejemplo del mundo perverso, que se deleita en la inmundicia del pecado, sino que los dos permanecen en el temor de Dios y aborrecen toda inmundicia.

Notas

Son de Anglicanismo.com y no forman parte del original.

  1. El título latino de 1563 es De coniugio sacerdotum, y el inglés de 1571, Of the Marriage of Priests; el texto latino dice presbyteris. Nuestro Libro de Oración Común traduce las dos palabras por «presbíteros». Volver al texto (nota del editor E1)

  2. En 1553 y en 1563, el artículo sobre el matrimonio de los presbíteros era el XXXI; desde 1571 es el XXXII. Volver al texto (nota del editor E2)

  3. La homilía ya estaba en la primera edición del Segundo libro de Homilías, de 1563; en 1571 solo se añadió la homilía contra la rebelión. Volver al texto (nota del editor E3)

Original: Church Discipline (1), de Henry Jansma.

Publicado en Place for Truth, de la Alliance of Confessing Evangelicals, el 8 de febrero de 2019. Traducción de Anglicanismo.com, publicada con permiso del autor. Las notas del editor son de Anglicanismo.com y no forman parte del original.